jueves, 29 de enero de 2009

CUESTION DE CONCIENCIA


EpC: Sentencia del Supremo

Autor: Mons. José Ignacio Munilla Aguirre


Al conocer la decisión del Supremo que sentenciaba en contra del derecho de cuatro padres a la objeción de conciencia contra la EpC, Benigno Blanco, presidente del Foro de la Familia, declaraba con nitidez: “Esto es sólo una escaramuza, y no el fin de la batalla”. Por ello, como la sentencia de los tribunales no prohíbe ni deja en suspenso nuestra capacidad de razonar, me permito aportar unas reflexiones sobre la “objeción de conciencia”, con la intención de profundizar en un debate que continúa, y está más abierto que nunca:

Un ejemplo concreto: objeción al servicio militar

En su día, en España se aceptó el derecho a la objeción de conciencia al servicio militar. El caso era muy delicado, habida cuenta de las consecuencias prácticas de la objeción: otros soldados tendrían que asumir la tarea de la defensa nacional, con riesgo de sus vidas. En aquella ocasión, el Estado eximió a los objetores de su deber de contribuir a la defensa nacional, en virtud de los motivos de conciencia que alegaban. De esta forma, se reconocía que el respeto de la conciencia del individuo, es un bien superior al acatamiento de una determinada forma de organizar la sociedad.

Y en el caso presente, ¿no estamos ante un evidente agravio comparativo? Cuando un padre discierne en conciencia que su hijo no debe cursar la Educación para la Ciudadanía, toma una decisión que afecta exclusivamente a su familia, sin consecuencias gravosas para terceros. La objeción a la EpC no conlleva que los compañeros del objetor tengan que cargar con sus deberes, como era el caso del servicio militar. ¡Es verdaderamente difícil entender la negación de la objeción de conciencia en un ámbito tan familiar y personal como el que nos ocupa! No es de recibo que el principio de objeción de conciencia sea reconocido o rechazado, dependiendo de si la materia de la objeción es considerada políticamente correcta o no.

¿Objetar a las matemáticas?

Durante los tres días en los que se ha prolongado la reflexión del Supremo -¡no parece que la cosa esté tan clara, cuando el debate ha durado más de veinte horas!-, hemos escuchado comentarios del siguiente tenor: “Si el Tribunal concediese la objeción a la EpC, los padres podrían llegar a objetar hasta a las matemáticas”.

Una afirmación tan peregrina, deja al descubierto la existencia de dos posturas de partida bien diferentes: la de quienes creemos que los padres no son “tontos” y saben elegir mejor que nadie lo que conviene a la educación de sus hijos; y, por otra parte, la de quienes piensan que no se puede confiar en los padres, sino que es el Estado quien tiene la primera y última palabra en lo que respecta a la educación de los hijos.


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http://www.enticonfio.org/joseignaciomunilla147.htm

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