viernes, 17 de abril de 2009

Un juez rechaza la sentencia del Supremo sobre la objeción basándose en la doctrina del Constitucional

Un Magistrado-Juez de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza ha fallado el pasado 13 de abril a favor de la objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía. (Libertad Digital, 16/04/2009).

¿Quién dijo que la objeción no tenía sentido y más después de las sentencias del Tribunal Supremo? ¿Cómo un juez puede contradecir al Tribunal Supremo? Pues, simplemente, haciendo uso de la doctrina de dos tribunales de mayor rango: El Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos: “Basándose en los votos particulares que algunos magistrados discrepantes de la mayoría plasmaron en la sentencia del Tribunal Supremo que denegaba tal posibilidad a unos padres de Andalucía y Asturias, el Magistrado va desgranando las razones que le llevan a atender la objeción de los recurrentes frente a la reciente del Tribunal Supremo.“
Que las sentencias del Tribunal Supremo denegando el derecho de objeción de conciencia ante la EpC eran un apaño para contentar a todos y no han contentado a nadie ya lo dijimos en su día. Y no fueron pocos los votos particulares de magistrados que, discrepando de la sentencia, apuntaron caminos a seguir para reivindicar la objeción de conciencia. El juez aragónés los ha seguido y ha fallado reconociendo el derecho de objeción. Ahora se desatará un ataque personal contra él. Pero ya ha demostrado que, además de valentía, le sobran recursos para procurar hacer justicia en un país que cada vez tiene menos motivos para confiar en ella.

sábado, 28 de marzo de 2009

TRAS LA SENTENCIA: CARTAS Y AMENAZAS

CUESTIÓN DE CONCIENCIA
CUESTIÓN DE LIBERTAD
Guía práctica, tras las sentencias del Tribunal Supremo, para los padres
que rechazan esta Educación para la Ciudadanía

El directorio actualizado de las plataformas de padres que prestan asesoramiento y asistencia puede encontrarse
en www.objetores.org. Para contactar con la red de abogados y procuradores que coordina Profesionales por la
Ética, puede escribirse a asesoriajuridica@profesionalesetica.org o llamar a los teléfonos de nuestra entidad.

©Profesionales por la Ética, 2009.
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Durante los últimos dos años miles de familias se han informado responsablemente acerca de las asignaturas de Educación para la Ciudadanía (EpC) y sus implicaciones. La negativa del Ministerio de Educación y de buena parte de las administraciones educativas a escuchar cualquier crítica y a dialogar para modificar el diseño adoctrinador de estas materias escolares, ha obligado a los padres a presentar más de 52 mil objeciones de conciencia, ejerciendo así sus derechos fundamentales.

3 PRESENTACIÓN
Casi 300 fallos judiciales de muy diversos tribunales han dado la razón a los objetores a EpC y,
por primera vez en la historia de España, el Tribunal Supremo (TS) se ha visto obligado en
fecha 11 de febrero de 2009 a dictar cuatro sentencias sobre la objeción de conciencia a
materias escolares obligatorias. 
Quedan aun muchos procesos abiertos y estas sentencias van a ser recurridas ante el Tribunal
Constitucional por entender que no protegen debidamente los derechos ciudadanos reconocidos en los artículos 16.1 y 27.3 de la Constitución Española y en los tratados internacionales sobre Derechos Humanos suscritos por España.
El movimiento cívico de objeción a Educación para la Ciudadanía constituye una realidad social creciente en defensa de las libertades ideológica, de conciencia y enseñanza. Los padres objetores
van a ser actores imprescindibles en cualquier debate de política educativa de ámbito nacional o autonómico.
Para tratar de ayudar a estos padres en la solución de las dudas prácticas que, después de
las cuatro sentencias del TS, se les van a plantear en la lucha por sus irrenunciables derechos
frente a esta EpC, PROFESIONALES POR LA ÉTICA, iniciativa de servicio de la sociedad civil, ha elaborado la presente Guía. Asimismo, seguirá brindando desinteresadamente, tanto a los
padres como a sus plataformas, los apoyos que en cada caso puedan requerir.

(Para ver la guía completa, visitar la web de Profesionales por la ética: http://www.profesionales-etica.org/

martes, 3 de marzo de 2009

PLAN DE ACCION TRAS SENTENCIA T. SUPREMO


En el reciente Encuentro de Objetores a EpC, Jaime Urcelay, presidente de Profesionales por la Ética, presentó los instrumentos legales que ofrecen las sentencias del Tribunal Supremo para defender los derechos de los padres que han objetado a Educación para la Ciudadanía.
Plan de Acción:
1.- Corresponde a los padres la decisión última respecto a los medios e instrumentos legales a utilizar en defensa de sus derechos y libertades.
2.- Ante la Administración educativa estatal o autonómica podrán solicitar, de acuerdo con las sentencias del Tribunal Supremo sobre el derecho a objetar a EpC, la revisión de los decretos autonómicos que desarrollan la asignatura y en su caso retiren los libros de texto y materiales de carácter adoctrinador.
3.- Podrán instar a los responsables políticos y los legisladores de las respectivas comunidades autónomas a que reconozcan el derecho a objetar a EpC mediante normativa autonómica.
4.- Pueden presentar recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional en el caso de las cuatro sentencias emitidas por el Tribunal Supremo respecto al derecho a objetar a EpC.
5.- En las comunidades autónomas sin fallos judiciales sobre el derecho a objetar o con fallos favorables a los objetores se podrán presentar recursos judiciales cuando exista denegación de la objeción por resolución administrativa de la comunidad autónoma.
6.- Se mantienen vigentes los recursos judiciales presentados contra los decretos autonómicos que desarrollan EpC en Andalucía, País Vasco, Cataluña, Extremadura y Castilla-La Mancha.
7.- Se pueden presentar recursos judiciales que anulen determinados libros de texto, materiales y proyectos educativos y actos concretos de adoctrinamiento escolar.
8.- Ante los centros educativos, se deberá exigir la programación de las asignaturas de EpC, así como el detalle de materiales didácticos que va a utilizar el alumno y el docente para impartirlas.
9.- Pueden permanecer fuera de clase de EpC los alumnos objetores amparados por fallo judicial o resolución administrativa favorable.
10.- Si los padres deciden que sus hijos vuelvan a clase de EpC, podrán solicitar información detallada de la programación, libros de texto y materiales didácticos que se vayan a utilizar para impartir este conjunto de asignaturas. Se informará a la comunidad educativa y a la opinión pública en general acerca de los libros de texto, materiales didácticos y actos adoctrinadores llevados a cabo por los centros educativos.

lunes, 23 de febrero de 2009

ENTREVISTA "EL PAIS" 23/02/2009


"Nos vamos a plantar". Javier Ventas, ovetense, padre de cinco hijos entre seis y 15 años, no ha modificado su insumisión a la asignatura de Educación para la Ciudadanía, pese al fallo del Tribunal Supremo que deniega la posibilidad legal de objetar.

Ventas recurrirá y llegará "hasta el final, donde haga falta: el Tribunal Constitucional, el Tribunal Europeo o la ONU". En todo caso, matiza: "La sentencia sólo se pronuncia sobre cuatro objeciones". Su recurso está aún en el Alto Tribunal pendiente de sentencia, pero la doctrina del Supremo sobre este tema ha quedado bien clara.

Su primogénita, de 15 años, la única de sus hijos a la que de momento le afecta el caso, seguirá faltando a Ciudadanía. "En una sociedad como la nuestra, en la que conviven distintas visiones del mundo y de la vida, caben dos opciones: que convivamos sin que unos pretendan imponer sus ideas a los demás o que vayamos al enfrentamiento", afirma Ventas. "La respuesta la tienen ellos y dependerá de hasta dónde estén dispuestos a atacarnos", asegura, en referencia al Estado, este ovetense que se declara católico.

Ventas, ex profesional de la banca, y docente de formación, juzga que Ciudadanía es una injerencia ilegítima. "Ciudadanía es una invasión por el Estado de un ámbito, la educación de los hijos, que corresponde a los padres", y ello, según Ventas, y con independencia de los contenidos concretos que se impartan, no es asumible: "La asignatura abre una puerta para que el Estado -éstos o futuros gobernantes- pueda imponer a los ciudadanos una visión del mundo y de la vida que no tenemos por qué compartir".

Aunque discrepa también de los contenidos tras haber analizado cinco manuales: "La asignatura, tal y como está concebida, no se limita a abordar cuestiones legales, la Constitución, la democracia..., -todo lo cual sería perfectamente asumible, como ocurre en otros países-. Plantea una visión del mundo y de la vida que el Estado no tiene derecho a imponer. Sería lo mismo que si la Iglesia, como ocurrió en otras épocas, impusiese su visión del mundo a toda la sociedad", precisa.

Este padre de familia, involucrado en la plataforma Asturias educa en libertad, asegura que la sentencia del Supremo no le ha sorprendido ni frustrado. "No hay verdadera división de poderes y por eso poco podíamos esperar".

¿Qué harán las familias insumisas ahora? "Puede haber gente que se asuste y otros que estén dispuestos a llegar a la desobediencia civil y que no entreguen sus hijos al Estado, hagan lo que hagan las autoridades", afirma. "Si yo creo que esto es malísimo para mis hijos, no puedo transigir. Nos vamos a plantar. Estamos hablando de la defensa de derechos básicos recogidos en la Constitución y, aún de forma más clara, en la Declaración Universal de Derechos Humanos".

Para Ventas, la sentencia sólo se pronuncia básicamente sobre la legalidad. "Es un error plantear este debate como un problema legal. La legalidad la define siempre quien tiene el poder y por eso lo legal cambia según los sitios, las épocas y los Gobiernos. Aquí de lo que hablamos es de legitimidad, no de legalidad. Estamos debatiendo de algo más profundo: de la imposición por el Estado de una visión del mundo al individuo".

Las familias que rechazan la asignatura son muchas más, según Ventas, que las que han objetado. "Hay mucha gente que sabe que está siendo atacada en sus derechos fundamentales pero, por lo general, no nos gusta complicarnos la vida, salvo que nos afecte mucho. Pero aquí está en juego la dignidad de la persona. Nos la jugamos todos, no sólo los que tenemos fe. Si aceptamos que decida el grupo (la manada), y no el individuo, esto nos puede llevar al totalitarismo".

Los hijos de Ventas están matriculados en distintos colegios católicos concertados de Asturias. Para los padres insumisos, dice, la situación es más delicada en los centros privados concertados (incluso, los de confesionalidad religiosa) que en los públicos. "Los funcionarios de un colegio público no se deben a nadie. Pero los concertados dependen de la subvención. Las familias objetoras se están encontrando con más dificultades con algunos directores de colegios concertados que con los de los centros públicos".

No percibe, sin embargo, que su hija reciba el "rechazo expreso" de sus compañeros y asegura que "los profesores son respetuosos con la niña", pero admite que para ella "significarse en el grupo siempre es traumático". Y además pesan los perjuicios académicos: "Mi hija obtiene una media de notable y sobresaliente en sus calificaciones y ahora arrastra un suspenso en esta asignatura, lo que le baja la nota media, con el grave inconveniente que ello supone para cuando pretende acceder a la Universidad. Por eso muchos padres contrarios a Ciudadanía se han echado para atrás. Pero esto es porque sus convicciones son débiles. Los perjuicios académicos futuros para nuestros hijos por objetar dependerán de hasta dónde quieran apretarnos. Pero yo confío en que antes de que mi hija se encuentre en esa situación hayamos logrado una sentencia de otro tribunal que nos dé la razón".
HASTA AQUÍ LA ENTREVISTA.
MATIZACIONES:
1. En general está bien y supongo que es inevitable cierta dosis de manipulación.
2. A la pregunta "¿Ha habido mucha gente que se haya echado para atrás por la sentencia del Supremo?, yo respondí que eso no creía que hubiera afectado a muchos, pero que si alguien se había echado para atrás por esto era que sus convicciones eran débiles.
3. En la frase: "Si aceptamos que decida el grupo (la manada), y no el individuo, esto nos puede llevar al totalitarismo", yo dije "persona", con toda la carga filosófica y teológica que tiene esa palabra, y no "individuo" que hace referencia al individualismo egoísta, egocéntrico, sectario.

lunes, 16 de febrero de 2009

II Encuentro de objetores de Conciencia a EpC


Fecha: Sábado, 28 de febrero de 2009

Lugar: Universidad Francisco de Vitoria

Pozuelo de Alarcón (Madrid)

INFORMACIÓN E INSCRIPCIONES:


Teléfono: 620 46 61 75

jueves, 12 de febrero de 2009

EXPLICACION DE LO INEXPLICABLE

“Como ha escrito Jon Juaristi,( La Actualidad Económica 12-02-09 )la objeción de conciencia es inobjetable. Es el derecho indiscutible a disentir de las leyes, por muy democráticas que sean, si contrarían las convicciones más íntimas”
Esto explica lo que tantos se preguntan ¿Cómo es que después de la Nota de Prensa del Tribunal Supremo (porque la sentencia todavía no ha salido) en la que parece que los padres no pueden Objetar a la Educación para la Ciudadanía, los padres siguen objetando.?
¿Cómo es posible, que después de tantas amenazas por parte del Ministerio de Educación, los hijos siguen sin entrar en clase?
¿Cómo es posible que los padres, que en principio parecen estar indefensos, le planten cara al Gobierno, con la decisión de recurrir al amparo del Tribunal Constitucional y si es necesario a Estrasburgo?
La explicación es que cuando se defiende la verdad de un derecho, en este caso el importantísimo del educar a sus hijos según sus convicciones, la verdad les defiende.
Bravo padres valientes. Os aplaudo. Ganareis la guerra y todos saldremos ganando con vuestra victoria, que generará padres valientes y responsables como lo fueron sus padres.

martes, 10 de febrero de 2009

La Constitución violada

28 de Enero de 2009 - 15:16:56 - Luis del Pino
El Tribunal Supremo acaba de dejar sin efecto otro artículo de la Constitución. Nuestra norma fundamental, aprobada en referéndum, afirma en su artículo 27.3:
"Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones".
Dicho precepto constitucional fue violentado por el actual gobierno socialista, imponiendo una asignatura, la de Educación para la Ciudadanía, que usurpaba, en nombre del Estado, la educación moral de los niños.
Ante ese desafuero, que significa denegar a los padres un derecho constitucionalmente reconocido, decenas de miles de padres se negaron a acatar la norma, objetando la participación de sus hijos en la asignatura de Educación para la Ciudadanía.
Ahora, el Tribunal Supremo viene a convalidar esa merma de derechos constitucionales, denegando a los padres el derecho a objetar.
Es decir, que en España se podía en su día objetar para no hacer el servicio militar, por razones de conciencia. Pero objetar para que a tus hijos no los eduquen según normas morales con las que estás en desacuerdo no es posible, según el Tribunal Supremo.


Estamos asistiendo, desde hace cinco años, a una demolición de la Constitución por la vía de los hechos consumados. Demolición impulsada desde el Gobierno, pero consentida desde la Oposición. Demolición destinada a imponer, sin referéndum previo, una reforma de nuestra Norma Fundamental en sentido laicista y nacionalista, por el procedimiento de aprobar leyes de menor rango que la contradicen.
Creo que la lección está clara ¿no? Si es usted católico, o si cree en la nación española, está usted fuera del sistema y no goza usted de los mismos derechos que los demás.
Tomamos nota.